El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y sus Organismos de cuenca realizan el conjunto de estudios de inundabilidad para la delimitación de las zonas inundables, los cauces públicos y las zonas de servidumbre y policía, incluyendo las zonas de flujo preferente, que configuran el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y aplicando la Guía Metodológica para el desarrollo del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, 2011):
https://www.miteco.gob.es/es/agua/publicaciones/guia_metodologica_ZI.aspx
La Directiva 2007/60/CE, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, y su transposición al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 903/2010, de 9 de Julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, tienen por objeto establecer un marco para la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, destinado a reducir las consecuencias negativas para la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica, asociadas a las inundaciones. Para ello se define un proceso en el que primeramente se realiza una Evaluación Preliminar de Riesgo de Inundación (EPRI) en la que se identifican las Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), posteriormente se elaboran los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación (MAPRI) para cada una de las ARPSI; y, finalmente, se elabora el propio Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI). La cartografía de zonas inundables incluida en el SNCZI se aprueba dentro de este proceso de planificación y gestión del riesgo de inundación.
Respecto a los MAPRI publicados actualmente en el SNCZI correspondientes a la Demarcación Hidrográfica Miño-Sil, estos fueron informados favorablemente por el Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación el reunión celebrada el 25 de junio de 2020, siendo posteriormente remitidos, conforme al apartado 2 del artículo 10 del Real Decreto 903/2010, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en julio de 2020, integrándose estos mapas en la cartografía del SNCZI e inscritos en el Registro Central de Cartografía de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.
A raíz de diferentes solicitudes recibidas en este Organismo de cuenca, referentes a la revisión de las delimitaciones de Dominio Público Hidráulico cartográfico y Zonas de Flujo Preferente definidas en los estudios de Zonas Inundables publicados en el SNCZI, tras analizar estas peticiones, y disponiendo en la actualidad de nuevos datos e informaciones históricas y cartográficas no consideradas en las delimitaciones actuales, se ha considerado oportuno proceder a su revisión para algunos tramos ARPSI. Este trabajo de revisión se realizará en diferentes fases, correspondiendo la Fase II a los tramos ARPSI siguientes:
Las nuevas delimitaciones propuestas para el DPH cartográfico y la ZFP en esta revisión (Fase II) pueden ser consultadas en el visor siguiente:
https://siams2.chminosil.es/snczi/
Igualmente, pueden descargarse las capas (SHP) de estas propuestas de DPH cartográfico y ZFP en el siguiente enlace:
Desde esta Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. queremos fomentar la colaboración institucional y la participación de todas las Administraciones Públicas en la elaboración y perfeccionamiento de esta cartografía. Por ello, se le informa que dentro del plazo de 1 mes se podrán realizar las aportaciones y cuantas observaciones y sugerencias se estimen convenientes, dirigiendo estas a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta respecto a la forma de presentación las obligaciones derivadas del artículo 14 de dicha norma.
Periodo de Información Pública: Del 8 de agosto de 2023 al 8 de septiembre de 2023.
Al mismo tiempo se ha habilitado la cuenta de correo electrónico (mapas_zonas_inundables@chminosil.es) para la realización de consultas o sugerencias, si bien las mismas no podrán ser consideradas como presentadas por registro electrónico oficial, de acuerdo con el artículo 27.3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
A fin de reforzar el compromiso colectivo con el buen funcionamiento de las instituciones y, al mismo tiempo, proteger a los ciudadanos que informen sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico en el marco de una relación profesional, se ha aprobado la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.
El Canal Interno de Información es el cauce preferente para informar sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, o que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave del ordenamiento jurídico español, que se hayan producido o puedan producirse en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Se excluyen del ámbito de aplicación material de esta norma todos aquellos supuestos de infracción que se rijan por su normativa específica, como por ejemplo las denuncias relativas a posibles infracciones de la Ley de Aguas. Sobre este tipo de denuncias puede obtener información en el siguiente apartado:
Denuncias y Sanciones - Confederacion Hidrográfica del Miño-Sil (chminosil.es)
1.- ¿Quién puede presentar información por este canal?
2.- ¿Sobre qué acciones u omisiones se puede trasladar información a través de este canal?
3.- ¿Cómo puedo presentar esta información?
4.- ¿Qué contenido debe tener la comunicación/información remitida?
Para facilitar la investigación, así como la identificación de las personas presuntamente responsables, es conveniente que la denuncia o comunicación aporte la máxima información de la que disponga la persona informante o indique la fuente en la que pueda obtenerse.
En particular, el contenido de la denuncia debería incluir:
5.- ¿Quién es el responsable del Sistema Interno de Información?
El responsable del Sistema Interno de Información en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil es el jefe de Área de la Secretaría General.
6.- ¿Cómo se desarrolla la tramitación?
Las comunicaciones o denuncias presentadas ante la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil se tramitarán, con apertura del correspondiente expediente, en el que se determine la competencia del organismo y, en caso de estimarse competente, se investiguen los hechos.
La presentación de una denuncia o comunicación no implica en todo caso el inicio de actuaciones de investigación; podrá ser inadmitida por falta de competencia de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil; archivada; remitida al Ministerio Fiscal, en el caso de que los hechos denunciados sean presuntamente delictivos; o, por ende, determinar la apertura de actuaciones de investigación por parte del Organismo.
En el apartado DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS puede acceder a la regulación detallada del procedimiento.
7.- Protección de datos personales y deber de confidencialidad
Las actuaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil se llevarán a cabo de modo confidencial, al amparo de lo establecido en el título VI de la Ley 2/2023, garantizando en todo caso la confidencialidad de la identidad del informante.
El sistema de información interna está diseñado, establecido y gestionado de una forma segura, y permite la presentación de comunicaciones anónimas. Además, no sólo se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante, sino de cualquier tercero mencionado en la comunicación, así como la protección de datos de carácter personal, impidiendo el acceso de personal no autorizado.
Puede consultar la información completa sobre protección de datos en nuestra página web.
8.- DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS
De acuerdo con el Anuncio de la Dirección General del Agua, de 27 de marzo de 2023, (BOE del 30 de marzo de 2023) se inicia el período de audiencia e información pública durante tres meses (conforme al artículo 83.quater del Reglamento de la Planificación Hidrológica) hasta el 30 de junio de 2023, de la Propuesta de proyecto de revisión del Plan Especial de Sequías de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil y del documento ambiental estratégico referente al proceso de evaluación ambiental estratégica asociado al mismo (Artículo 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental).
Dentro de ese plazo, se podrán realizar las aportaciones y formular cuantas observaciones y sugerencias se estimen convenientes dirigidas a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Los documentos que conforman el proyecto del nuevo plan especial de sequías y su documento ambiental estratégico (DAE, Artículo 29 de la Ley 21/2013), se pueden consultar en los siguientes enlaces:
MEMORIA PLAN ESPECIAL DE SEQUÍAS DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DH MIÑO-SIL
ANEXOS A LA MEMORIA
ANEXO I. RÉGIMEN DE CAUDALES ECOLÓGICOS MÍNIMOS EN SITUACIONES ORDINARIAS Y DE SEQUÍA PROLONGADA. CAUDALES DE DESEMBALSE.
ANEXO II. LISTADO DE UNIDADES DE DEMANDA.
ANEXO III. LISTADO DE UNIDADES DE DEMANDA. MODELOS DE AQUATOOL.
ANEXO IV. ANÁLISIS DE SEQUÍAS HISTÓRICAS. PERÍODO 1940-2018. FICHAS ANÁLISIS SPI.
ANEXO V. ANÁLISIS DE SEQUÍAS HISTÓRICAS. PERÍODO 2019-2023.
ANEXO VI. FICHAS SOBRE LA EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS SOCIOECONÓMICOS DE LA ESCASEZ COYUNTURAL.
ANEXO VII. COMPARACIÓN DEL ÍNDICE DE SEQUÍA PROLONGADA CON EL CUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE CAUDALES ECOLÓGICOS DE LAS APORTACIONES NATURALES.
ANEXO VIII. FICHAS DE LOS PLANES DE EMERGENCIA DE SISTEMAS DE ABASTECIMEINTO QUE ATIENDEN A MAS DE 20.000 HABITANTES.
ANEXO IX. RECORTES DE PRENSA DEL EPISODIO DE SEQUÍA DEL AÑO 2022
ANEXO X. INFORMES POST-SEQUÍA.
DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
RESOLUCIÓN INFORME AMBIENTAL ESTRATÉGICO
OTROS DOCUMENTOS
ENCUESTA SOBRE LOS PLANES DE SEQUÍA
GRABACIÓN PRESENTACIÓN PLANES ESPECIALES DE SEQUÍA, MADRID 13 DE ABRIL 2023
PROPUESTAS Y OBSERVACIONES RECIBIDAS DURANTE ESTE PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y RESPUESTAS ENVIADAS
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1 |
Dirección Xeral de Patrimonio Cultural (Xunta de Galicia) |
1 |
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Dirección Xeral de Ordenación do territorio e Urbanismo (Xunta de Galicia) |
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3 |
Asociación de Empresarios, Gandeiros e Agricultores da Limia (ADEGAL) |
5 |
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4 |
Iberdrola Generación S.A.U. |
3 |
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5 |
Asociación Española de Abastecimientos de Agua y Saneamiento (AEAS) |
3 |
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6 |
Asociación Empresarial de Acuicultura de España (APROMAR) |
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7 |
Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE) |
16 |
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8 |
Particular de O Carballiño |
9 |
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9 |
Particular de Madrid |
2 |
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10 |
Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) |
6 |
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11 |
Fundación Nueva Cultura del Agua (FNCA) |
12 |
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12 |
Asociación Española de Operadores Públicos de Abastecimiento y Saneamiento (AEOPAS) |
7 |
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80 |
PLAN HIDROLÓGICO 2022-2027 (VIGENTE, REAL DECRETO 35/2023, DE 24 DE ENERO, BOE 10 DE FEBRERO DE 2023)
El plan hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil actualmente en vigor ha sido aprobado mediante el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero (BOE de 10 de febrero de 2023), por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, en cumplimiento del artículo 83 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio
El presente plan hidrológico sigue la estructura formal recogida en el artículo 81 del Reglamento de la Planificación Hidrológica y está compuesto por la memoria, con sus anejos correspondientes, y la parte normativa, y se acompaña del Estudio Ambiental Estratégico y toda la documentación asociada relativa al proceso de evaluación ambiental estratégica llevado a cabo conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. De la misma forma, se incluye el informe del Consejo del Agua de la Demarcación y la Conformidad del Comité de Autoridades Competentes (CAC)
A continuación, se puede consultar toda la documentación en los siguientes enlaces:
(Para la descarga de ficheros de gran tamaño -varios MB- en los equipos Windows se recomienda pinchar con el botón derecho del ratón y seleccionar "Guardar enlace como" para guardar el fichero correspondiente en el equipo y abrirlo una vez finalizada la descarga).:
ADENDA CAMBIOS REALIZADOS SOBRE LA VERSIÓN PRECEDENTE
MEMORIA y ANEJOS:
ANEJOS:
NORMATIVA:
INFORME DE PROPUESTAS, OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS RECIBIDAS
INFORME CONSEJO DEL AGUA DE LA DEMARCACIÓN (CAD) ARTÍCULO 80.4 REGLAMENTO DE LA PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA (RPH):
CONFORMIDAD DEL COMITÉ DE AUTORIDADES COMPETENTES ARTÍCULO 80.4 DEL RPH:
EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA:
ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO y RESUMEN NO TÉCNICO DEL ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
DECLARACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA
DOCUMENTO DE SÍNTESIS:
PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN 2º CICLO:
PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN
SEGUIMIENTO PLAN HIDROLÓGICO 2022-2027
Otros Enlaces de Interés
PROPUESTA DE PROYECTO DE PLAN HIDROLÓGICO2022-2027 VERSIÓN REMITIDA AL MITERD; ART. 80.5 RPH
PROYECTO DE PLAN HIDROLÓGICO 2022-2027 VERSIÓN CONSEJO DEL AGUA DE LA DEMARCACIÓN
CONSULTA PÚBLICA DEL PROYECTO PLAN HIDROLÓGICO DE CUENCA 2022-2027
En cumplimiento del artículo 87, “Seguimiento de los planes hidrológicos”, del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio , en el que se señala en su apartado 4º) “…Dichos organismos, en el caso de demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, informarán con periodicidad no superior al año al Consejo del Agua de la demarcación y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre el desarrollo de los planes”, se puede consultar en los siguientes enlaces el informe de desarrollo y seguimiento, correspondiente al año 2021, que fue presentado en la sesión del Consejo del Agua de la Demarcación (CAD), el 22 de noviembre de 2022 y remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el 6 de febrero de 2023.
6.1) SEXTO INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2021.
6.2) ANEXOS SEXTO INFORME DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN HIDROLÓGICO MIÑO-SIL. AÑO 2021.